
Obligados a fichar. Registro del horario de los trabajadores de empresas
El pasado 12 de mayo entró en vigor la nueva ley que obliga a las empresas a registrar el horario real de sus trabajadores. Este registro debe indicar la hora de entrada y de salida de cada empleado.
Esta medida se ha impuesto para que el Estado pueda luchar de una manera más eficiente contra la precariedad laboral y poder controlar en todo momento el total de las horas que los trabajadores realizan en una jornada de trabajo.
¿Cómo se hará el registro de horas?
En la nueva normativa que anuncia la llegada de esta nueva medida, no está detallado el método de llevar el registro de horas de los trabajadores, pero los sindicatos ya están dando pasos al frente para proponer métodos.
Uno de ellos y, probablemente, el más implantado en las pequeñas empresas, será en control de horas manual mediante una plantilla en Excel, en la cual se deben registrar los siguientes datos:
- Jornada laboral
- Hora de entrada
- Hora de salida
- Firma del trabajador
Otra de las maneras de realizar este control de horas es mediante el escaneo de parámetros biométricos, como pueden ser la huella dactilar, el rostro o el iris. Con la instalación de este método y el software apropiado, el almacenamiento del registro de datos será automático.
¿Qué es necesario tener en cuenta?
_Empresas a las que afecta la nueva normativa
Todas las empresas, ya sean grandes o pequeñas, deberán tener implantado este sistema. Esta medida, tal y como se ha comentado anteriormente, se realiza para que el trabajador perciba el salario correspondiente a su jornada laboral y a sus horas trabajadas. Además, con esta medida también se podrá controlar a la empresa para que esta cotice a la Seguridad Social las horas exactas del trabajador.
_Control a las empresas
Para que todas las empresas se adapten a esta nueva normativa, la Inspección de Trabajo será la encargada de vigilar y comprobar que las empresas que todas ellas cumplan los criterios establecidos en el nuevo decreto.
_Horas extra de los trabajadores
Además del control de la jornada laboral del empleado, este sistema también registrará las horas extra que el trabajador haga para la empresa. Con ello, el trabajador podrá percibir remuneración por ellas.
_Almacenamiento de los datos
Todas las empresas estarán obligadas a almacenar todos los registros de horario de sus trabajadores al menos durante 4 años. Estos datos deberán estar siempre disponibles tanto para la Administración Pública como para los representantes de los trabajadores.
Los trabajadores podrán acceder a su registro de horas, pero sin poder observar los datos de otros empleados.
_España, uno de los países con mayor restricción
Si bien es cierto que esta medida está implantada en varios países de la Unión Europea, España va a ser el más restrictivo y el que más control va a llevar sobre los trabajadores, para evitar así la precariedad laboral.
_¿Qué ocurre si se incumple esta norma?
En el caso de que cualquier empresa no cumpla y no tenga disponible un registro de horario de los trabajadores real a ojos de Inspección, se le considerará una infracción grave, lo cual puede suponer, según el nuevo Decreto, una multa entre los 626 y los 6.250 euros.
Entendemos que, aun después de leer este artículo en el que explicamos la información más relevante, le pueden quedar dudas a la hora de implantar este sistema en su empresa.
Si es así, no dude en ponerse en contacto con nosotros para que le informemos de esta nueva medida y de cuáles son las acciones que debe llevar a cabo en su empresa para evitar posibles infracciones.