
Prórroga de los ERTE y ayudas para los autónomos hasta el 30 de septiembre
Ante la crisis sanitaria y económica provocada por la COVID-19, la prestación del ERTE y la ayuda para autónomos ha permitido que muchos trabajadores y autónomos puedan recibir una ayuda para sustentarse.
Con esta quinta prórroga alcanzada se pretende fomentar la vuelta de los trabajadores que aún siguen en ERTE, proteger a aquellos que no pueden salir de él y ayudar a las empresas a sostener a su plantilla mediante rebajas en sus cotizaciones.
Se mantendrá las tres modalidades actuales: los destinados a sectores ultraprotegidos, los ERTE de impedimento de la actividad, y los ERTE de limitación.
▶️ ERTE de sectores ultraprotegidos
▪️ Con menos de 50 trabajadores las exenciones a la Seguridad Social serán del 95% (si se quedan todo el período de vigencia del acuerdo: junio, julio y agosto).
▪️ Con más de 50 trabajadores el porcentaje de exención será del 85%.
En este sector se incluye tres nuevos ámbitos como la confección de prendas de vestir, actividades de fotografía y comercio al por mayor de café, té, cacao y especias.
Y salen cinco: artes gráficas, fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico; comercio al por menor de ordenadores y programas informáticos; transporte especial y, alquiler de medios de navegación.
Por otro lado, para los trabajadores que se queden en el ERTE, las exenciones, en el caso de las empresas de sectores ultraprotegidos de menos de 50 trabajadores serán:
▪️85% en junio, julio y agosto.
▪️70% en septiembre.
Si son más de 50 trabajadores serán:
▪️75% en junio, julio y agosto.
▪️60% en septiembre.
▶️ ERTE de limitación de la actividad
▪️Las exoneraciones empresariales a la Seguridad Social serán del 85% en junio y julio y, del 75% en agosto y septiembre si la empresa tiene menos de 50 trabajadores en plantilla.
▶️ ERTE de impedimento de la actividad
▪️Con menos de 50 trabajadores las exoneraciones serán del 100%.
▪️Con más de 50 trabajadores en plantilla será del 90%.
Exoneraciones para autónomos
Esta prórroga mantiene las prestaciones extraordinarias para quienes no pueden desarrollar su actividad con normalidad.
Una de las novedades que se incluye son las exoneraciones de las cuotas a la Seguridad Social para todos los trabajadores por cuenta propia que han estado protegidos en el período anterior (febrero-mayo) durante los próximos cuatro meses.
▪️90% en junio.
▪️ 75% en julio.
▪️ 50% en agosto.
▪️ 25% en septiembre.
Finalmente, continúa la prestación extraordinaria por suspensión de actividad, dirigida a aquellos trabajadores autónomos con una suspensión temporal de toda su actividad derivada de la contención de la pandemia. La cifra de la prestación se eleva al 70% de la base mínima de cotización.
Pero con todo esto, todavía no se ha acabado el proceso. Una vez cerrada la venta, tanto el comprador como el vendedor deberán encargarse de pagar una serie de impuestos que, con la ayuda de una gestoría, será una tarea muy sencilla.