
Ampliación de los plazos para pasar la ITV
Según lo establecido por el Ministerio de Sanidad en la orden SND/413/2020 publicada en el BOE:
▶ Los vehículos cuya ITV se haya vencido durante el estado de alarma, dispondrán de una prórroga concreta para pasar la revisión.
▶ Este periodo consta de 15 días extra por cada semana transcurrida desde el 14 de marzo, sumados a los 30 ya ampliados a contar desde la finalización del estado de alarma.
▶ Se autoriza desde el pasado lunes 18 de mayo la apertura de todos los centros de ITV de España, independientemente de la fase en que se encuentren.
▶ El requisito fundamental será la asistencia a través de cita previa, telefónica y online.
▶ Estos periodos excepcionales no computan a efectos de la renovación.
▶ Los automóviles podrán seguir circulando sin sanciones y cubiertos por el seguro siempre que se encuentren en el tiempo correspondiente y no haya vencido su tarjeta antes del 14 de marzo.
▶ La prórroga no se extiende a aquellos vehículos cuya inspección venza el día después de la salida de estado de alarma, teniendo que pasar la revisión de manera inmediata.
